Lasempresas, obligadas a conservar la documentación . En el caso de las empresas, sí que están obligadas a conservar durante un período mínimo de 5 años (4 años según el Real Decreto de Infracciones y Sanciones) las nóminas de sus trabajadores y los boletines de cotización para que se puedan realizar las comprobaciones oportunas.
Enconclusión, la nómina está regulada por una serie de leyes que garantizan la justicia y legalidad en los pagos salariales. El Estatuto de los Trabajadores, la Ley General de la Seguridad Social, la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y la Ley de Prevención de Riesgos Laborales son algunas de las leyes principales queParalos inquilinos que sean trabajadores por cuenta ajena los documentos a aportar serán: las dos o tres últimas nóminas, contrato laboral (preferiblemente que sea indefinido), últimos movimientos bancarios (no es lo normal, ya que es un requisito abusivo), vida laboral (de nuevo, no es lo normal) y últimas declaraciones de la renta
1qkSRf4.